El expresidente Ernesto Zedillo.
Foto: Xinhua / Rodrigo Oropeza
Foto: Xinhua / Rodrigo Oropeza
Según el exmandatario, el Departamento de Estado de Estados Unidos ya le concedió inmunidad, y el Poder Judicial de ese país no puede controvertir esa decisión.
“El gobierno de Estados Unidos ha pedido a esta corte otorgar inmunidad al exjefe de Estado de México, y bajo precedentes obligatorios de la Suprema Corte de Estados Unidos, este tribunal debe cumplir dicha petición de manera expedita, sin que le sea posible juzgar las conclusiones diplomáticas del Departamento de Estado”, se lee en el documento que el pasado martes 13 presentaron abogados de Zedillo al juez Alvin Thompson.
Los abogados también acusaron a los demandantes –quienes exigen 50 millones de dólares por los daños presuntamente ocasionados–, de mentir en escritos presentados en semanas recientes para tratar de mantener vivo el caso.
Luego de que el pasado 7 de septiembre el gobierno de EU otorgó inmunidad a Zedillo, después de que el gobierno del presidente Felipe Calderón envió una carta diplomática a ese país para solicitar dicho recurso, el juez ordenó a los 10 indígenas tzotziles que interpusieron la demanda presentarle razones por las cuales el caso no debería ser desechado.
En respuesta, los quejosos presentaron una demanda de amparo en México, en la que afirman que el embajador en Washington, Arturo Sarukhán, carecía de autoridad constitucional para solicitar al Departamento de Estado la inmunidad para Zedillo.
Además, señalaron que la Corte de Connecticut debe esperar a que se resuelva el amparo en México, lo que podría tomar más de un año, antes de resolver si desecha la demanda.
En su demanda contra Zedillo, los quejosos señalaron que el expresidente “sabía o debió saber sobre los eventos que desencadenaron la masacre de Acteal, así como los abusos a los derechos humanos cometidos durante la matanza”.
Los tzotziles, identificados en el documento con pseudónimos, sustentan su demanda en reportes de prensa y en un documento llamado Plan de Campaña Chiapas ‘94, presuntamente emitido por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), en el que se detalla un plan para erradicar a los rebeldes indígenas que se levantaron en armas en diciembre de 1994 en el sur del país.
No obstante, la Sedena desmintió haber creado ese documento.
En su respuesta ante la corte, Zedillo calificó los argumentos en su contra como calumniosos y basados en fuentes anónimas, sin entrar en detalles sobre los alegatos que usan los demandantes para decir que el expresidente supo o debió saber de la matanza.
El documento de 26 páginas argumenta, eso sí, la clara improcedencia de la acción judicial:
“Primero –apunta–, la solicitud de México es irrelevante, porque la petición de inmunidad del Departamento de Estado representa una conclusión definitiva, sin que esta Corte pueda examinar la validez de dicha petición”.
En segundo lugar, añade, aun si la Corte pudiera examinar la validez de la petición de inmunidad, ésta no requería la solicitud previa del embajador mexicano, ni está basada en lo que éste argumentó, sino en una deliberación interna del área jurídica del Departamento de Estado.
Finalmente, la defensa de Zedillo sostuvo que aun si no se hubiera solicitado la inmunidad, la Corte carece de jurisdicción, pues el Poder Judicial estadunidense nunca ha aceptado que jefes de Estado extranjeros puedan ser demandados en ese país por sus acciones de gobierno.
De acuerdo con la versión oficial, la matanza de Acteal, ocurrida el 22 de diciembre de 1997, se debió a un pleito religioso y territorial entre comunidades indígenas.
Sin embargo, Las Abejas, organización civil que ha representado a parte de las víctimas, dice que se trató de un crimen planeado por el gobierno y ejecutado por paramilitares.
Más de la mitad de los presuntos responsables, quienes fueron encarcelados tras la tragedia, fueron declarados inocentes.
De los 84 sentenciados por delitos federales en Acteal, 36 fueron liberados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a 22 se les repuso el proceso después de que se comprobó que la fiscalía había cometido violaciones graves al derecho de defensa de los acusados, como arrancar confesiones bajo tortura, falsear pruebas y no proveer de traductor a indígenas que no hablan español.
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