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domingo, 4 de diciembre de 2011

Basada en Estatuto de Roma, querella contra Calderón en La Haya: experto de la UNAM


La Jornada
La denuncia presentada ante la Corte Penal Internacional (CPI) contra Felipe Calderón y funcionarios de su gobierno, así como contra Joaquín El Chapo Guzmán y otros miembros de la delincuencia organizada, tiene sustento jurídico con base en el derecho internacional, en particular con el Estatuto de Roma (que da jurisdicción a ese tribunal, con sede en La Haya, Holanda), asevera Juan Manuel Portilla Gómez, especialista en derecho internacional de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
En entrevista, el académico de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán de la UNAM y miembro del Sistema Nacional de Investigadores detalla los criterios del Estatuto. Afirma que la respuesta gubernamental fue errónea y denotó desconocimiento de esta jurisdicción, pues no se está acusando al gobierno mexicano, sino a particulares. Por ello recalca que la defensa jurídica deben realizarla como personas, no como funcionarios.
–¿Tiene fundamento la denuncia?
–Bajo una perspectiva estrictamente técnica, es viable en la medida que existe el Estatuto de Roma, del cual México es parte. Incluso, en el país se realizó una reforma al artículo 21 constitucional para agregar la jurisdicción de este tribunal. Lo que se tramitó no es estrictamente una demanda, sino una solicitud, pero acompañada con más de 20 mil firmas de ciudadanos mexicanos: juristas, académicos, investigadores, activistas. Es un documento bien elaborado, serio, no se trata de una bola de fanáticos opositores.
–Hay desconcierto porque se denuncie a un Presidente en funciones y a miembros de la delincuencia organizada.
–La característica de la CPI es que finca responsabilidades individuales. El Estado mexicano ha sido juzgado en algunos casos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como por la desaparición del guerrerense Rosendo Radilla, pero ahí la demanda es contra el Estado en su conjunto.
La solicitud ante la CPI es contra personas particulares, con nombres y apellidos. Ha causado extrañeza el que se denuncie al jefe de Estado en funciones, pero el artículo 28 del Estatuto de Roma no reconoce ningún tipo de nulidad ni fuero; tener cargo de gobierno no es obstáculo para fincar responsabilidades. Esta solicitud también está encaminada hacia la investigación y enjuiciamiento de miembros de la delincuencia organizada; los pro- moventes no ignoraron el papel y las violaciones que están cometiendo estos individuos.
–Se denuncia por crímenes de lesa humanidad y de guerra. ¿Hay motivos en el país para ello?
–Los primeros se presentan cuando ocurren homicidios o desaparición forzada de manera sistemática y generalizada. No podemos obviar, las cifras son evidentes: más de 50 mil muertos. En ninguno de los juicios abiertos en La Haya hay tales cifras, ni en conflictos bélicos. Hay que sumar más de 10 mil desaparecidos y los lesionados. Sí cabe contemplar estos delitos, independientemente de si los cometen grupos armados o el Estado.
“El Estatuto de Roma y otras convenciones ratificadas por México hablan de los crímenes de guerra cuando hay enfrentamientos armados. La que vivimos hoy en el país no es una guerra técnicamente, pero vemos enfrentamientos con armamento pesado entre las fuerzas federales y grupos organizados, combates de alta intensidad; en algunos casos con uso de equipo sofisticado de comunicación y artillería pesada.
La demanda tiene bases jurídicas, pero eso no quiere decir que se traduzca en un enjuiciamiento. La justicia penal internacional no se da abasto; hay decenas de casos, muchos llevan años, es muy lenta.
–¿Qué opina de la respuesta del gobierno mexicano?
–Para empezar, hay que recordarle que calumnia y difamación ya no son materia penal en el país. Además, hay un error de apreciación: no se demandó al gobierno, sino a personas.
El primer error es no conocer bien esta jurisdicción penal; no se puede hacer una defensa del gobierno como tal porque éste no es demandado. La respuesta fue mal planteada y apresurada. Calderón y el resto de los demandados tienen derecho a defenderse y contratar abogados, pero esa defensa debe ser sin apoyo gubernamental.

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