El presidente del TEPJF, Alejandro Luna Ramos.
Foto: Eduardo Miranda
Foto: Eduardo Miranda
El Tribunal no es un órgano que investiga, ese trabajo le corresponde al Instituto Federal Electoral (IFE) y ya lo hizo, dijo el magistrado ante la impugnación de la elección presidencial presentada por la coalición Movimiento Progresista, que lanzó la candidatura de Andrés Manuel López Obrador.
En contraste con esa posición, el diputado federal por el Partido del Trabajo (PT), Jaime Cárdenas Gracia, quien encabeza el equipo de abogados de la coalición que elaboró la impugnación, declaró a Proceso (1863) que si el TEPJF se asume como autoridad administrativa, resolverá solamente conforme a las pruebas que se presenten, “pero si se asume como Tribunal tomará en cuenta no sólo lo que presentemos, también podrá requerir a otras autoridades información o pruebas y dictar medidas para mejor proveer”.
González Oropeza, entrevistado en el programa Justicia electoral a la semana, que se transmitió este lunes 16 en el Canal Judicial, dijo que los recortes de prensa en los que se denunciaron irregularidades durante el proceso electoral pueden ser una prueba si se relacionan con otros medios de convicción más sólidos.
No basta que se hayan mencionado en la prensa, se tienen que demostrar, dijo en alusión a los informes periodísticos presentados por el Movimiento Progresista ante el TEPJF.
“No basta con decir o descalificar, por ejemplo, que se deben anular casillas por el hecho de que se permitió que votaran personas que no estaban en el listado nominal. Finalmente eso se tiene que probar”, indicó el magistrado electoral.
Muchas veces se tiende a generalizar irregularidades, a enunciarlas de manera abstracta y genérica, y al Tribunal le toca decir si la denuncia en realidad existió, pero sólo lo puede hacer con las pruebas aportadas, añadió el integrante de la Sala Superior del TEPJF.
Terminado
el plazo de impugnación de los cómputos distritales, la Sala Superior
recibió más de 350 juicios de inconformidad promovidos por todos los
partidos, tanto en la elección presidencial como en las de diputados,
senadores y en donde se eligió a gobernador.
A diferencia de 2006,
esta vez las impugnaciones fueron más numerosas, pues se cuestionaron
los cómputos en 290 de los 300 distritos electorales.
A más
tardar, el TEPJF deberá resolver los juicios de inconformidad de la
elección presidencial el 31 de agosto y declarar presidente electo el
jueves 6 de septiembre.
En el caso de los diputados y senadores,
incluidos los de representación proporcional, la fecha límite es el 28
de agosto, toda vez que la LXII Legislatura se tiene que instalar el
sábado 1 de septiembre.
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