La actuación de la
Policía Federal en Morelos, Guerrero, Chihuahua y Sinaloa motivó
diferentes recomendaciones de la CNDH a la Secretaría de Seguridad
Pública, misma que rechazaron o incumplieron.
El Secretario de Seguridad
Pública, Genaro García Luna, deberá explicar porqué no aceptó tres
recomendaciones de la CNDH y no cumplió con una. (Foto: Miguel Dimayuga/
Proceso)
Muerte de 28 reos.-
Al suscitarse un conflicto entre un grupo de internos, en el Centro de Ejecución de Consecuencias Jurídicas del Delito en Mazatlán, Sinaloa, en el que resultaron varios de ellos fallecidos y otros lesionados, así como heridos con arma de fuego, intervinieron distintas corporaciones, principalmente federales, quienes ingresaron al sitio y restablecieron el orden, el operativo dejó saldo de 28 muertos.
“De los hechos ocurridos el 14 de junio de 2010 en el Centro en cuestión resultaron 28 reclusos fallecidos, cuyos cadáveres, en algunos casos, presentaban heridas producidas por proyectiles de arma de fuego y en otros de instrumentos punzocortantes, así como un recluso lesionado, dos policías estatales preventivos heridos por proyectil de arma de fuego y un elemento de seguridad y custodia golpeado”, indicó la CNDH (62/2010).
Las medidas arrojaron como conclusión que se vulneraron los derechos a la seguridad personal, a la vida, a la legalidad y a la seguridad jurídica, al trato digno y a la reinserción social.
Desapariciones y muerte.-
El 1 de mayo de 2011, en la “Feria de la Primavera”, en el municipio de Cuernavaca, Morelos, ocurrió una riña entre dos personas, ante lo que intervinieron elementos de la Policía Federal, quienes entregaron a los detenidos a elementos militares; uno de los dos, desapareció por unos días y reapareció muerto.
“El 11 de mayo de 2011, el cuerpo sin vida de V1 fue encontrado en el paraje conocido como “La Ocotera-Tochimilco, en el estado de Puebla, señalándose como causas de muerte en el certificado de defunción, traumatismo craneoencefálico y asfixia por enterramiento”, indica la recopilación del organismo de derechos humanos (38/2012).
Aunque finalmente los responsables directos fueron elementos militares, a quienes consignaron por delitos de tortura y violencia, la CNDH consignó “transgresiones a los derechos a la vida, libertad, trato digno, integridad y seguridad personal” por parte de elementos adscritos a la Policía Federal perteneciente a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP).
Complicidad militar.-
En otra recomendación (43-2011), la CNDH dio cuenta de violaciones a los Derechos Humanos, a la legalidad y seguridad jurídica, a la libertad, a la integridad física y seguridad personal, al acceso a la justicia y al debido proceso, por la “detención arbitraria y desaparición forzada” de tres personas en Chihuahua, las cuales atribuyó a la complicidad de elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) con la Policía Federal.
“Al Secretario de Seguridad Pública federal la Comisión le recomendó (43/2011) que gire las instrucciones necesarias para que, conjuntamente con la Secretaría de la Defensa Nacional, localice y presente con vida a tres personas o en su caso y con el mismo carácter se informe sobre su destino y se presenten sus restos mortales; que se les repare el daño causado tanto a ellos como a sus familiares, conjuntamente con la Secretaría de la Defensa Nacional, particularmente en el caso de que los agraviados ya no se encuentren con vida”, indicó el organismo, y la petición continúa desatendida.
Acepta recomendación y no la cumple.-
La SSP federal aceptó la recomendación 1VG2012 de la CNDH pero no la cumplió en su totalidad.
Se trata de una queja interpuesta el 27 de marzo de este año por los hechos ocurridos el 12 de diciembre del 2011, en Chilpancingo, Guerrero, donde estudiantes de la escuela Normal de Ayotzinapa fueron desalojados de un bloqueo a la carretera, por la que la CNDH registró 52 jóvenes heridos y dos muertos.
“A pesar de haberla aceptado (la recomendación), no ha dado cumplimiento a la misma, particularmente en el tema de responsabilidad de servidores públicos, sin que exista justificación legal atendible para sustentar dicha negativa”, indicó el presidente del organismo de Derechos Humanos, Raúl González Plascencia.
La recomendación contiene 30 puntos dedicados a la SSP y otras especificaciones para el gobierno de Guerrero, otros para la Procuraduría General de la República (PGR) y el Congreso del Estado.
La SSP no tomó en cuenta la indicación de la CNDH sobre la que existen elementos suficientes para declarar la procedencia del juicio político contra ex servidores públicos como Ramón Almonte Borja, ex Secretario de Seguridad, por incurrir en violaciones graves a Derechos Humanos en el operativo contra los normalistas.
Por los cuatro casos anteriores –y por los que consideren pertinentes los senadores-, Genaro García Luna no dejará su cargo (el 30 de noviembre) sin dar antes explicaciones.
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