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La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió el recurso de revisión interpuesto por el Servicio de Administración Pública Federal de Bienes
La revisión del amparo lo interpuso el referido organismo descentralizado de la Administración Pública en su carácter de liquidador del organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro, parte tercero perjudicada, con reserva del estudio de importancia y trascendencia que en el momento procesal oportuno se realice.
De esta forma, de acuerdo con un comunicado, se informó que el expediente 3345/2012, con fundamento en los artículos 37, párrafo primero, y 86, párrafo primero, del Reglamento Interior de la SCJN se turnó al ministro Luis María Aguilar Morales, integrante de la Segunda Sala.
La resolución del recurso de revisión será estudiada por la referida sala del máximo tribunal del país, debido a que por su naturaleza corresponde a la materia laboral.
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